En España, los delitos informáticos son un hecho sancionable por el Código Penal en el que el delincuente utiliza, para su comisión, cualquier medio informático. Estos tienen la misma sanción que sus homólogos no-informáticos. Por ejemplo, se aplica la misma sanción para una intromisión en el correo electrónico que para una intromisión en el correo postal.
El Tribunal Supremo emitió una sentencia el 12 de junio 2007 (recurso Nº 2249/2006; resolución Nº 533/2007) que confimó las penas de prisión para un caso de estafa electrónica (phishing).
En México los delitos de revelación de secretos y acceso ilícito a sistemas y equipos de informática ya sean que estén protegidos por algún mecanismo de seguridad, se consideren propiedad del Estado o de las instituciones que integran el sistema financiero son hechos sancionables por el Código Penal Federal en el titulo noveno capítulo I y II.
El artículo 167 fr.VI del Código Penal Federal sanciona con prisión y multa al que dolosamente o con fines de lucro, interrumpa o interfiera comunicaciones alámbricas, inalámbricas o de fibra óptica, sean telegráficas, telefónicas o satelitales, por medio de las cuales se transmitan señales de audio, de video o de datos.
La reproducción no autorizada de programas informáticos o piratería esta regulada en la Ley Federal del Derecho de Autor en el artículo 11.
También existen leyes locales en el código penal del Distrito Federal y el código penal del estado de Sinaloa.
Concibe como bien jurídico la protección de los sistemas informáticos que contienen, procesan, resguardan y transmiten la información. Están conteplados en la Ley Especial contra los Delitos Informáticos, de 30 de octubre de 2001.
La ley tipifica cinco clases de delitos:
- Contra los sistemas que utilizan tecnologías de información.
- Contra la propiedad: hurto, fraude, obtención indebida de bienes o servicios ,manejo fraudulento de tarjetas inteligentes o instrumentos análogos apropiación de tarjetas inteligentes o instrumentos análogos, provisión indebida de bienes o servicios, posesión de equipo para falsificaciones
- Contra la privacidad de las personas y de las comunicaciones.
- Contra niños y adolescentes: difusión o exhibición de material pornográfico, exhibición pornográfica de niños o adolescentes.
- Contra el orden económico: apropiación de propiedad intelectual, oferta engañosa.
Este país adoptó en 1994 el Acta Federal de Abuso Computacional que modificó al Acta de Fraude y Abuso Computacional de 1986.
En el mes de Julio del año 2000, el Senado y la Cámara de Representantes de este país -tras un año largo de deliberaciones- establece el Acta de Firmas Electrónicas en el Comercio Global y Nacional. La ley sobre la firma digital responde a la necesidad de dar validez a documentos informáticos -mensajes electrónicos y contratos establecidos mediante Internet- entre empresas (para el B2B) y entre empresas y consumidores (para el B2C).